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Amazon lanza una nueva tecnología que te permite identificarte y pagar con un escáner de la palma de tu mano sin contacto

Amazon ha lanzado, en dos de sus tiendas físicas, una tecnología que permite identificación y pago sin contacto, mediante el escáner de la palma de la mano. 

Amazon está a punto de implementar una nuevo sistema de pago biométrico que funciona mediante un escáner sin contacto de la palma de la mano de los clientes, según informa un artículo de la BBC.  Esta nueva metodología pretende sustituir las tradicionales tarjetas de fidelidad y membresía por un nuevo sistema sin contacto. El carácter único y la precisión de este método se basa en los patrones de la palma de la mano, que a su vez pasan desapercibidos al ojo humano. Este escáner requeriría que los clientes moviesen su mano a unos centímetros del mismo para dar lugar a la identificación y posterior pago.  Actualmente este mecanismo se está probando en dos de las tiendas físicas de Amazon y presumiblemente se extenderá a las demás tras la fase beta. Las facturas y los datos se almacenarán de manera local en las tiendas, pero no se remitirán a los centros de datos de Amazon. Además, los clientes podrán borrar estos datos desde la página web.  

Los desarrolladores de Amazon consideran que esta tecnología es más segura que otros métodos de identificación biométrica.

El sistema parecer se tan preciso y efectivo como las huellas dactilares. Sin embargo, resulta menos sencillo de identificar por el ojo humano y, por tanto, es también en principio más difícil de replicar. Los desarrolladores de Amazon afirman que es más Seguro que otras tecnologías biométricas, lo cual es especialmente importante después de que salieran a la luz algunos problemas con sesgos faciales derivados del software de reconocimiento facial de la compañía, actualmente paralizado. Recientemente publicamos un Artículo sobre la Ley Nacional sobre Privacidad de la Información Biométrica, introducida en el congreso de los Estados Unidos.  Legislación como esta representa los intentos por reducir los efectos negativos o las brechas de seguridad que pueden surgir del uso de escáneres biométricos y tecnología similar. 

Aunque esta tecnología parece más apropiada, algunos todavía señalan algunos posibles riesgos de seguridad. 

En medio de una pandemia, la implementación de nuevas técnicas de pago que apenas requieren interacción humana ni contact físico se presentan como una innovación necesaria. Sin embargo, algunos grupos de expertos desaconsejan cualquier tipo de identificación y pago biométricos, debido a los posibles problemas de privacidad asociados con este tipo de datos y su almacenamiento por parte de grandes empresas o gobiernos. El director de la organización Big Brother Watch, Silkie Carlo indica que esta nueva tecnología es invasiva e innecesaria, e insiste en que proporciona a Amazon una nueva vía para recoger datos personales libremente sin atenerse a los requisitos legales ni a los acuerdos precisos. 

La implementación de estos sistemas en otros edificios de la compañía dependerá de los resultados de esta primera prueba llevada a cabo en las dos tiendas físicas de Seattle. Esta tecnología es resultado del enfoque de Amazon hacia supermercados sin personal humano, donde todo es monitoreado mediante IA y los pagos pueden hacerse mediante el escáner de la palma de la mano, en una experiencia completamente sin contacto.  

¿Qué dice el RGPD sobre este tipo de tratamiento de datos?

Los datos recogidos por estas máquinas mediante el escáner de la palma de la mano son datos biométricos, cuyo tratamiento bajo el RGPD está prohibido salvo que se den determinadas condiciones, sin las cuales el tratamiento es ilegítimo. El Artículo 9 del RGPD establece que se debe dar al menos uno de los siguientes criterios a fin de tratar datos biométricos: 

  1. Consentimiento explícito del interesado, salvo cuando el Derecho de la Unión o de los Estados miembros no lo permita;
  2. Necesidad del tratamiento para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social;
  3. Necesidad de proteger los intereses vitales del interesado o de otra persona física si el interesado es física o legalmente incapaz de otorgar dicho consentimiento. 
  4. El tratamiento es efectuado, en el ámbito de sus actividades legítimas y con las debidas garantías, por una fundación, una asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical.
  5. El tratamiento se refiere a datos personales que el interesado ha hecho manifiestamente públicos 
  6. El tratamiento es necesario para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones o cuando los tribunales actúen en ejercicio de su función judicial.
  7. El tratamiento es necesario por razones de un interés público esencial.
  8. El tratamiento es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social.
  9. El tratamiento es necesario por razones de interés público en el ámbito de la salud pública.

Para más información sobre datos biométricos y otros elementos clave de este tipo de tecnología, consulta nuestro artículo sobre las claves de los 14 equívocos más comunes sobre identificación y autenticación biométricas.

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