La Comisión Europea ha emitido una guía sobre la publicación del número de usuarios en la UE bajo la Ley de Servicios Digitales.
La Comisión Europea ha publicado una guía para las plataformas online y los motores de búsqueda con relación a la publicación del número de usuarios en Europa. Se trata de una guía no vinculante que pretende proporcionar ayuda a las empresas antes de la fecha límite a estos efectos, establecida en el 17 de febrero de 2023. Después de esta fecha, las empresas deberán continuar informando sobre el número de usuarios en la UE al menos cada seis meses. Desde la entrada en vigor de la Ley de Servicios Digitales (DSA), la Comisión Europea había recibido una serie de consultas sobre la aplicación de la misma.
La Comisión Europea ha publicado esta guía con el objetivo de abordar las cuestiones practices en la aplicación de la DSA.
La guía pretende abordar algunas cuestiones prácticas que habían sido planteadas sobre la DSA en torno a la obligación de publicar información de la media mensual de usuarios del servicio activos en la UE. La DSA entró en vigor el pasado 16 de noviembre de 2022 y estableció la obligación para las plataformas online y los motores de búsqueda de publicar el número de usuarios en la UE antes del 17 de febrero de 2023. El objetivo de la Comisión es aclarar algunas dudas vinculadas con este aspecto de la DSA. Estas preguntas cubren el alcance de la obligación en cuanto a la identificación y recuento de la media mensual de usuarios activos, si dichos números tienen que ser notificados a la Comisión Europea, y otros elementos relacionados. La Comisión Europea explica en esta guía que la media mensual de usuarios activos debe hacerse pública y tendrá que incluirse en la página de la plataforma. El documento se ha realizado en formato ‘FAQ’ y proporciona respuestas a las preguntas planteadas por diversos proveedores de servicios.
Larger platforms and search engines, depending on their user numbers will have various additional obligations.
En función del número de usuarios en la UE de cada organización, estas serán clarificadas por la Comisión como plataformas en línea muy grandes (VLOP) o motores de búsqueda muy grandes (VLOSE). Cada uno de ellos quedará sujetos a obligaciones adicionales, como la elaboración de una evaluación de riesgos y la implementación de las correspondientes medidas de seguridad. Algunos de estos requisitos adicionales determinados según el tamaño de la plataforma incluyen prohibiciones de anuncios dirigidos a niños y aquellos basados en las características especiales de los usuarios, opciones de no recibir recomendaciones sobre la base de elaboración de perfiles y obligaciones de transparencia sobre los sistemas de recomendación. La lista complete de obligaciones adicionales puede encontrarse aquí.
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