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El ICO multa a una empresa por prácticas ilegítimas de marketing

El ICO ha multado a la empresa por realizar llamadas ilegítimas para publicitar planes de pensiones. 

 

El ICO ha impuesto una multa de más de 50.000€ a una empresa de Reino Unido localizada en Halifax, por realizar llamadas ilegítimas “a puerta fría”, según se comunica en este informe. La empresa, Parker Beach LTD (PBL), que opera bajo el nombre commercial “Your Pension Options”, habría realizado llamadas relacionadas con la venta de planes de pensiones. El ICO recibió 16 quejas en este sentido y la compañía reconoció haber efectuado más de 96 llamadas. Este tipo de llamadas se prohibieron en Reino Unido en 2019 con el objetivo de proteger a los pensionistas vulnerables y sus fondos, pues este medio ha sido reconocido como el más utilizado para cometer fraude en este campo.  

 

Las llamadas sobre venta de planes de pensiones se prohibieron en Reino Unido en 2019 y sólo se permiten bajo unas pocas condiciones muy específicas. 

 

Las llamadas sobre planes de pensiones están prohibidas en Reino Unido, excepto si se aplican una serie de condiciones, a saber: que quien llama esté autorizado por la autoridad financiera (FCA) o es el administrador de un plan de pensiones profesional o personal o si existe relación entre éste y el destinatario y el último ha consentido recibir dichas llamadas. Este enfoque se tomó en 2019 y desde entonces ha sido ilegal para las empresas realizar llamadas “a puerta fría” para vender planes de pensiones. El responsable de investigaciones del ICO, Andy Curry, ha informado de que este tipo de llamadas han sido tradicionalmente una herramienta típica para cometer fraude y, por ese motivo, se tomarán duras acciones sobre las empresas que hagan uso de ello. Afirmó que “Las empresas son responsables de conocer la ley y cumplirla. Tenemos una serie de atribuciones de las cuales haremos uso para frenar las actividades de empresas sin escrúpulos”. 

 

El ICO ha impuesto la multa y también ha emitido una orden para que no se realicen más llamadas. 

 

En su investigación el ICO descubrió que PBL obtenía los datos para sus llamadas a través de un tercero que extraía los datos de diferentes páginas web. El registro requería a los usuarios consentir marketing de una larga lista de organizaciones de varios sectores, pero no podían seleccionar de cuáles. Así, PBL no recogía un consentimiento claro e informado. En consecuencia, la compañía fue multada con más de 50.000€ y recibió una orden para paralizar dichas llamadas. Bajo la normativa nacional de ePrivacy, PECR, el ICO puede imponer sanciones superiores a 500.000€.  

 

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