La AEPD multa a Google y le solicita que se adecúe a la normativa tras infringir el RGPD con relación a cesiones de datos al Proyecto Lumen.
La AEPD ha emitido una resolución en el caso contra Google donde establece que la compañía ha cometido dos graves infracciones del RGPD. La AEPD ha impuesto una multa de 10 millones de euros a Google LLC por compartir datos con terceros sin contar con una base legal para hacerlo y por vulnerar así el derecho de supresión de los ciudadanos. Este caso se relaciona con el envío de solicitudes de supresión vinculadas con la eliminación de contenido de varios productos y plataformas de Google, como Google search y YouTube, a un tercero, denominado ‘Lumen Project’.
Se transferían de forma ilegítima datos personales de los usuarios a un tercero, el Proyecto Lumen, cuando estos solicitaban la supresión de sus datos.
Cuando los usuarios ejercían su derecho de supresión y solicitaban que su información fuese eliminada, debían rellenar un formulario y otorgar su consentimiento a que se compartan sus datos con un tercero. Este proceso infringía los artículos 6 y 17 del RGPD. Según el pronunciamiento de la AEPD, esta cesión de datos de Google LLC al Proyecto Lumen se imponía en usuarios a los que no se les ofrecía la posibilidad de oponerse a este tratamiento cuando rellenaban los documentos del derecho de supresión. En consecuencia, Google no podía obtener un consentimiento válido para la cesión de los datos de ese usuario mediante dicho proceso. Además, no existía en la política de privacidad de Google ninguna mención a este tratamiento de datos personales ni a la transferencia de datos al Proyecto Lumen entre las finalidades. Google designaba el sistema a través del cual los usuarios podían ejercer su derecho de supresión, que requería varias páginas para que el mismo se completase. Parte de este proceso requería que el sujeto rellenase un formulario y consintiese a la cesión a un tercero de sus datos, incluida su identificación, dirección de email y otra información.
Como consecuencia del incumplimiento, Google ha sido multado y se le ha requerido adecuar sus prácticas a la normativa.
La AEPD explica en su decisión que, una vez que se ha presentado la solicitud de supresión y la misma se ha llevado a cabo “no hay posibilidad de tratamiento subsiguiente de los mismos datos, como la comunicación de Google LLC al Proyecto Lumen”. Google ha sido así multado con 10 millones de euros por las dos infracciones y deberá eliminar todos los datos personales que se han visto afectados, así como exigir al Proyecto Lumen que cese el tratamiento de los mismos y también los elimine.
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